Trabajador de Panadería • Elche
Descripción del trabajo
Cobertura en el marco del proceso de tasa de reposición 2022 de un total de 430 puestos de Maquinista de Entrada para cuadros de servicio de Tráficos de otros ámbitos Estatales, para el Grupo Renfe.
Los puestos de trabajo tendrán como referencia las condiciones laborales y retributivas establecidas en el Convenio Colectivo del Grupo Renfe.
El Grupo Renfe podrá determinar la ubicación geográfica concreta de estos 430 puestos en el momento de la resolución de la convocatoria, atendiendo a las necesidades existentes.
Requisitos Específicos
Requisitos Valorables
Acreditación de Requisitos Específicos y Valorables
La acreditación del título de Conducción y certificado de aptitud psicofísica en vigor deberá realizarse aportando copia de los documentos oficiales correspondientes. Deberá aportarse también el certificado de reciclaje de mantenimiento del título, cuando corresponda.
Para acreditar el nivel de idioma solicitado, tanto si forma parte de los requisitos específicos que se exijan según la convocatoria, como si debe tenerse en cuenta para la valoración de méritos, deberá aportarse copia de un certificado oficial que acredite el nivel de idioma.
Para acreditar experiencia profesional deberá aportar certificado actualizado de vida laboral emitido por la Seguridad Social. No obstante, el Grupo Renfe acreditará directamente la experiencia adquirida en el Grupo si la hubiera.
Publicación de la Convocatoria
Toda la información necesaria y derivada de la presente Convocatoria, se publicará, en su momento, en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa.
Admisión de Solicitudes y Plazo de Presentación
Los candidatos deberán tener en cuenta en el momento de la inscripción en esta convocatoria que las pruebas de selección se realizarán en una única sesión presencial, de forma simultánea a las pruebas de selección para la convocatoria PO2022 / 501, en las sedes que en su momento se establezcan.
Plazo de admisión de solicitudes : Del día 16 al día 27 de febrero de 2022, ambos incluidos.
Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente Convocatoria.
En el caso de no haber realizado el citado ingreso, o que la cantidad ingresada no sea la correcta, no se considerará válida la inscripción en la convocatoria y, por tanto, el candidato será excluido del proceso.
De igual forma se procederá con los candidatos que habiendo realizado el ingreso no hayan formalizado la correspondiente inscripción dentro del plazo y por el canal establecido al efecto.
En ningún caso, el Grupo Renfe realizará la devolución del importe de los derechos de participación por la no obtención de plaza, por la no asistencia a las pruebas de selección, por no reunir o acreditar los requisitos de la convocatoria, por la inscripción en ambas convocatorias o por abonar los derechos sin realizar la inscripción en la web del Grupo Renfe.
Estarán exentas del pago de esta tasa :
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse la documentación justificativa de la exención o reducción.
Tribunal
Para la resolución de la Convocatoria se constituirá un Tribunal con las atribuciones y composición previstas en la Normativa Laboral vigente del Grupo Renfe.
El Tribunal de las Convocatorias adoptará cuantas decisiones estime pertinentes para el correcto cumplimiento del proceso selectivo y resolverá todas las cuestiones que pudieran plantearse en el transcurso del proceso.
También, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3 / 2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
A efectos de comunicaciones, que deberán realizarse por escrito, el Tribunal tendrá su sede en :
Grupo Renfe – Dirección General de Seguridad, Organización y Recursos Humanos
Avda. Ciudad de Barcelona, 8, 4ª planta. 28007 Madrid
* The salary benchmark is based on the target salaries of market leaders in their relevant sectors. It is intended to serve as a guide to help Premium Members assess open positions and to help in salary negotiations. The salary benchmark is not provided directly by the company, which could be significantly higher or lower.