Operador Comercial de Ingreso N2 ámbito Estatal

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Hace 2 días
Descripción del empleo

Operador Comercial de Ingreso N2 ámbito Estatal, Madrid

Cobertura, en el marco del proceso de tasa de reposición, de 300 puestos de Operador Comercial de Ingreso N2 para ámbito estatal, de los cuales se reservan 15 puestos para ser cubiertos por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2, del artículo 4, del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión, siempre que superen las pruebas selectivas y que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto convocado, por poseer las condiciones mínimas de capacidad médico-laboral establecidas en el convenio colectivo.

Los candidatos admitidos que soliciten participar en los puestos convocados para ser cubiertos por personas con discapacidad y que declaren un grado de minusvalía igual o superior al 33%, únicamente optarán a estos 15 puestos. Por tanto, no podrán participar en el resto de los puestos que se ofertan.

Los puestos de trabajo tendrán como referencia las condiciones laborales y retributivas establecidas en el Convenio Colectivo del Grupo Renfe.

El Grupo Renfe podrá determinar la ubicación geográfica concreta de estos 300 puestos en el momento de la resolución de la convocatoria, atendiendo a las necesidades existentes.

Además de los requisitos generales enunciados anteriormente, los participantes deberán reunir, a fecha 2 de marzo de 2022, los siguientes requisitos específicos:

  • Estar en posesión de una titulación académica mínima de Bachillerato o su equivalente a efectos laborales.
  • Disponibilidad para realizar trabajo a turnos.

Los candidatos deberán tener en cuenta en el momento de la inscripción en esta convocatoria que las pruebas de selección se realizarán de forma simultánea a las pruebas de selección para la convocatoria de referencia PO2022/505.

La inscripción en ambas convocatorias invalidará la inscripción en esta convocatoria (PO2022/504).

Requisitos Valorables

Se valorarán a efectos de méritos:

  • Estar en posesión del Nivel B1 o superior, según MCERL, de los idiomas inglés, francés y/o alemán.
  • Experiencia demostrable en el Grupo Renfe en puestos iguales al ofertado en esta convocatoria.

Acreditación de Requisitos Específicos y Valorables

La acreditación de la titulación académica deberá realizarse aportando copia del Título solicitado. En el caso de no estar en posesión del Título, durante el período de inscripción, deberá presentarse una certificación académica oficial.

Para acreditar el nivel de idioma solicitado, en relación a la valoración de méritos, deberá aportarse copia de un certificado oficial que acredite dicho nivel.

El Grupo Renfe acreditará la experiencia de las personas que estén contratados de manera temporal en puestos iguales al ofertado en esta convocatoria.

Admisión de solicitudes y plazo de presentación

  • Del día 16 de febrero al 2 de marzo de 2022, ambos incluidos.

Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente Convocatoria.

2. Candidatos con discapacidad:

Los candidatos que se presenten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán indicarlo en el cuestionario de inscripción, en el apartado “Grado minusvalía igual o superior al 33%”, marcando una de estas dos opciones:

  • Tengo minusvalía, pero no preciso adaptación.
  • Tengo minusvalía y preciso adaptación: en este caso, el candidato deberá solicitar las necesidades específicas de adaptación y/o de ajuste de tiempo y medios que considere oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de igualdad. Además, con el fin de que el Tribunal que se constituya para cada convocatoria pueda resolver la solicitud planteada, el interesado deberá adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano Técnico de Valoración que determinó el grado de minusvalía.

En el caso de no haber realizado el citado ingreso, o que la cantidad ingresada no sea la correcta, no se considerará válida la inscripción en la convocatoria y, por tanto, el candidato será excluido del proceso.

De igual forma se procederá con los candidatos que habiendo realizado el ingreso no hayan formalizado la correspondiente inscripción dentro del plazo y por el canal establecido al efecto.

En ningún caso, el Grupo Renfe realizará la devolución del importe de los derechos de participación por la no obtención de plaza, por la no asistencia a las pruebas de selección, por no reunir o acreditar los requisitos de la convocatoria, por la inscripción en ambas convocatorias o por abonar los derechos sin realizar la inscripción en la web del Grupo Renfe.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

  • a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
  • b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de publicación de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
  • c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas.
  • d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse la documentación justificativa de la exención o reducción.

Antes de inscribirse tenga preparada la documentación para acreditar los requisitos de esta convocatoria y para la valoración de méritos. Debe adjuntarse en un único archivo en formato pdf.

La acreditación de la titulación académica deberá realizarse aportando COPIA DEL TITULO. En el caso de no estar en posesión del título, durante el período de inscripción, deberá presentarse una certificación académica oficial.

En el caso de optar a los puestos reservados para ser cubiertos por personas con discapacidad, es necesario aportar COPIA DEL DICTAMEN TÉCNICO FACULTATIVO emitido por el órgano Técnico de Valoración que determinó el grado de minusvalía.

Una vez realizada la inscripción ya no podrá modificar los archivos adjuntos ni sus datos.

Cuando haya formalizado completamente su solicitud, obtendrá una “confirmación de inscripción” en la que figurarán sus apellidos, nombre y NIF, junto con su número de participación.

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