Jefatura de Arquitectura de Desarrollo y Calidad

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EUR 50.000 - 70.000
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Hace 2 días
Descripción del empleo

Jefatura de Arquitectura de Desarrollo y Calidad, Madrid

Funciones del puesto

  • Definir las arquitecturas de desarrollo en coordinación con el área de arquitecturas de plataformas.
  • Impulsar las arquitecturas de desarrollo de forma transversal.
  • Liderar la gestión del cambio en el uso de nuevas plataformas.
  • Realizar la prescripción de la metodología y arquitectura de desarrollo para los nuevos proyectos.
  • Establecer un plan de migración de las plataformas legacy.
  • Llevar a cabo la coordinación y seguimiento del servicio de calidad y pruebas.

Requisitos específicos del puesto

  • Titulación Universitaria, preferentemente en Ingeniería, Matemáticas o Física.
  • Experiencia mínima demostrable de 5 años en arquitecturas de desarrollo, especialmente en J2EE.
  • Experiencia en soluciones de desarrollo en arquitecturas en la nube (Microsoft, Amazon, …).

Requisitos valorables del puesto

  • Nivel B2 o superior en inglés.
  • Formación específica relacionada con el ámbito de arquitecturas.
  • Experiencia en herramientas de pruebas y control de calidad del software (HP ALM).
  • Conocimientos en la gestión de vida de las aplicaciones (ALM).

Admisión de solicitudes y plazo de presentación

1. El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día 28 de abril y finalizará el día 26 de mayo de 2022, ambos incluidos.

Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente convocatoria.

En el caso de no haber realizado el citado ingreso, o que la cantidad ingresada no sea la correcta, no se considerará válida la inscripción en la convocatoria y, por tanto, el candidato será excluido del proceso.

De igual forma se procederá con los candidatos que habiendo realizado el ingreso no hayan formalizado la correspondiente inscripción dentro del plazo y por el canal establecido al efecto.

En ningún caso, el Grupo Renfe realizará la devolución del importe de los derechos de participación por la no obtención de plaza, por la no asistencia a las pruebas de selección, por no reunir o acreditar los requisitos de la convocatoria, por la inscripción en ambas convocatorias o por abonar los derechos sin realizar la inscripción en la web del Grupo Renfe.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

  • Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
  • Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas.
  • Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse la documentación justificativa de la exención o reducción.

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